
Variedad: 00.47.047-PB. Paraguayo de carne blanca
Origen: obtenido por cruzamientos naturales por Planasa en Cartaya, Huelva (España). Variedad protegida UE 1960 (09 - 10 - 2006) en curso.
Época de maduración Media-Tardía (46 días después que Zincal-5)**
Árbol:
Vigor: Vigor bajo
Porte: Semi-cerrado
Época de floración: Tardía (50% en 1ª quincena de marzo)
Tipo de flor: Rosácea
Nivel de floración: Muy elevada
Cuajado: Medio
Técnicas de producción:
Poda de fructificación: la elección de ramas mixtas de calidad resulta fácil, debido al tipo de crecimiento que tiene el árbol.
Una limpieza de nuevos chupones en el momento del aclareo le facilita la entrada de luz. Después de la recolección es importante una poda en verde para mejorar la calidad de ramas para el año próximo. Esta no debe ser demasiado severa, a la vez que debe ir acompañada de una bajada en el riego para no favorecer la emisión de anticipados que perjudicarían el trabajo realizado.
Aclareo de frutos: El aclareo de los frutos debe hacerse una vez que los frutitos estén bien afianzados, ya que debido a las exigencias de frío de la variedad, puede que muchos pistilos de flor no estén bien formados en años de poco frío.
Frutos:
Forma: Chata
Sutura: Superficial
Ápice: En cubeta
Cavidad peduncular: Anchura media y poco profunda.
Color de la epidermis: 40 % rosa.
Color de fondo: Vainilla
Color de la carne: Blanca
Dureza: Media - baja
Punto de sensibilidad: No tiene
Textura: Fibrosa
Hueso: Tamaño medio, pegado
Huesos abiertos: Poco sensible
Calibre: AA
Peso medio: 140 gr
Recolección: De tres a cuatro pases
Sabor: Excelente, sobre 15º Brix.
Observaciones generales: Destaca su excelente sabor, aroma y grosor. Conserva muy bien cerrado el ápice.
Las descripciones y recomendaciones técnicas de este documento son únicamente orientativas, resultado de observación de cultivos que no pueden ser tomados como garantía de cosecha.
Variedad protegida. Prohibida su producción, reproducción (multiplicación), comercialización o explotación en otra forma, sin la previa licencia por escrito del titular de los derechos.
La reproducción o multiplicación, producción, comercialización o explotación de material vegetal de variedades protegidas sin la previa licencia del titular de los derechos suponen graves infracciones que la Ley castiga severamente, pudiendo incurrir en un delito castigado por el artículo 274,3º del Código Penal.